miércoles, 25 de febrero de 2009

XVII.

AUTODEFENSA.
-Defensa Personal Real, callejera-

“Todo el cuerpo es arma”



-Clickee en las imágenes, para ampliar-

Cuando aquí hablemos de Autodefensa,
estaremos utilizando el término como sinónimo
de Defensa Personal Real, callejera.

Ahora bien, estrictamente hablando, la Autodefensa y Seguridad,
o la Autodefensa y Tiro, es una especialidad en si misma,
un sistema de entrenamiento con características totalmente propias.

Con el paso del tiempo, habiendo aumentado los
niveles de inseguridad en la sociedad,
la Autodefensa como sistema,
fue siendo aceptada sin reservas por casi todos.

Los cuestionamientos a su especificidad –y necesidad-,
fueron en general quedando definitivamente atrás,
afortunadamente lejos en el tiempo,
como tantas otras objeciones sin sentido.

No obstante persiste, hay que decirlo,
una cierta confusión en aquellos que comienzan
a interesarse en el tema,
acerca de lo que propone la Autodefensa como sistema concreto,
confusión seguramente provocada por la
visualización y utilización de armas, blancas y de fuego.

A primera vista, éstas pueden aparecer como la principal opción.
Pero por supuesto que no es así.



No es esa la idea que se intenta trasmitir,
cuando de civiles se trata.

La portación de armas, está ligada, por un lado,
a Fuerzas Armadas, de Seguridad y a un número
muy limitado de personas legalmente autorizadas
a tenerlas en la vía pública.

Por otro, a la delincuencia.


Es decir: en la totalidad de los casos,
quienes somos simples ciudadanos,
ante una agresión callejera –que casi siempre será armada-,
tendremos que hacer frente a la situación,
a “mano desnuda”, sin armas, como enseñan,
o deberían hacerlo,
las distintas Artes Marciales y los Deportes de Combate,
fuentes de todos los sistemas de Autodefensa y Seguridad conocidos,
en lo que a lucha cuerpo a cuerpo sin armas, refiere.


   De ahí la vigencia –cuando de 
autodefensa se trata-
de la antigua sentencia marcial que
abre éste texto: “Todo el cuerpo es arma

Ciertamente, es imprescindible conocer el funcionamiento
y características de las armas tipo,
aquellas que eventualmente podríamos vernos forzados a enfrentar.

Absolutamente conveniente capacitarse en su uso,
a través de un Instructor idóneo, acreditado,
que permita posteriormente tramitar la credencial de legítimo usuario.

Es recomendable –aquí y ahora- la tenencia particular (domiciliaria),
responsable, de armas autorizadas, de uso civil,
debidamente registradas y para legítima defensa propia.

Pero digámoslo otra vez, con todas las letras:
en la calle, en caso de necesidad,
cuando sea absolutamente inevitable reaccionar ante una agresión criminal,
nuestra única arma, será el propio cuerpo.

Sin desconocer los esfuerzos que se realizan
-especialmente en los últimos años-
desde las administraciones nacional y provinciales de gobierno,
a nadie escapa que la violencia criminal
(agravada por la miseria material que llevó
a la degradación social de las personas),
continúa instalada entre nosotros.

Y el tipo humano que actualmente provoca los
hechos de violencia delictiva,
reúne características muy especiales.

Es francamente difícil imaginar la posibilidad de razonar
con tales individuos, de la misma o similar forma
que con otros comunes mortales.

Inmersos en realidades completamente diferentes a las que conocemos,
y muchas veces estimulados (a la vez que anestesiados)
por el consumo indiscriminado de sustancias,
suponer que asignamos el mismo valor a la vida humana es,
por lo menos, temerario:
“se asesina por un par de zapatillas o por unos pocos pesos,
y a veces, hasta sin razón, dado que la víctima
no ofreció resistencia alguna.
Muchos de estos delitos son cometidos por
menores de doce o trece años, fuertemente armados (...)
Los secuestros de tipo express o los extorsivos afectan tanto
a personas adineradas como a aquellas de condición humilde.
Algunas veces terminan con el asesinato o la mutilación
–una brutal prueba de vida- de la víctima (...)
Generalmente la víctima primaria es el ciudadano particular,
el hombre la mujer y los niños,
quienes se mueven diariamente atendiendo
sus obligaciones de trabajo o estudio”


Esta es la auténtica realidad a la que muchas
veces estamos expuestos, los ciudadanos comunes.

¿Cuál es entonces la alternativa?

Indudablemente, corresponde a las autoridades constitucionales
garantizar la seguridad de las personas.

Es su deber, y es un derecho irrenunciable
de los ciudadanos exigirla.

No obstante, todavía es común en Argentina que el Estado
garantice solo deficientemente éste derecho,
pero a la vez castigue a quienes lo ejercen en defensa propia,
argumentando un supuesto “exceso de legítima defensa”

Así las cosas, el ciudadano común suele verse
“atrapado entre dos fuegos”;
el de la delincuencia, por un lado,
y del poder estatal, por otro.

Esto no debe ser así.
Nadie reclama a las autoridades que eliminen
completamente el delito.

Ninguna sociedad lo ha logrado plenamente.

Dentro de ciertos límites,
el accionar criminal es un componente de la realidad,
prácticamente imposible de erradicar.

Lo verdaderamente dramático en Argentina
es el hecho de que convertirse en una víctima no solo es posible
–es decir, en los exactos límites en que lo es en cualquier
sociedad civilizada del mundo-, sino altamente probable.

Y esto es inaceptable.

Por lo tanto, en el plano personal,
se vuelve inevitable entrenar la capacidad
de provocar una respuesta técnica concluyente.

En el caso de una concreta agresión criminal, es decir,
cuando esté indudablemente en juego la propia vida
o la de los afectos próximos,
ser capaces de producir en legítima defensa,
acciones terminantes, sin utilizar otra arma que el propio cuerpo.

Sobre estas variables,
es que trabajan los Profesores e Instructores de los
distintos sistemas de Autodefensa y Seguridad,
y también deberían hacerlo,
los Maestros de Artes Marciales y Deportes de Combate.

Porque no se trata de proponer la pura violencia.

Se trata simplemente, de elegir la vida.

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